Asesoria Financiera para PYMES
Leasing
Mediante el pago de una cuota mensual durante un plazo determinado, la compañía de leasing le alquila su bien y, en algunos casos, se compromete a prestar una serie de servicios adicionales (fundamentalmente mantenimiento y seguro de los bienes). Al finalizar el contrato, el cliente tiene derecho a adquirir la propiedad del bien ejerciendo la opción de compra.
Requisitos para contratar el leasing
- Que el arrendatario sea una empresa o profesional sujeto a IAE
- Que el contrato tenga una duración mínimas de 2 años para bienes de equipo y 10 años para bienes inmuebles
- Que el importe anual de amortización o recuperación del bien incluido en las cuotas no sea decreciente
- Que se haga una distinción en las cuotas entre intereses y recuperación del coste del bien(amortización)
Ventajas Fiscales
· El leasing evita al cliente el pago del IVA de la compraventa, que corre a cargo de la entidad de leasing
· Las cuotas de leasing son fiscalmente deducibles. Dichas cuotas, que deberán aparecer expresadas en los contratos, tienen dos partes diferenciadas
· La carga financiera satisfecha a la entidad arrendadora (interés), que siempre se considera gasto o partida deducible y la parte correspondiente a la recuperación del coste del bien (amortización)
Amortización
El leasing permite deducir de la base imponible del Impuesto sobre sociedades o IRPF del arrendatario hasta el doble de la amortización fiscal (o el triple en caso de PYMES), lo que reduce el coste financiero-fiscal de la operación.
Algunos tipos de leasing
- Leasing de bienes de equipo (máquina, vehículo o equipo industrial): Factura pro-forma del equipo que se financia, que será sustituida por una factura definitiva cuando se suscriba la operación que se formaliza mediante contrato mercantil intervenido por un notario.
- Leasing operativo: Están destinados a equipos de importe superior a 125.000€. Requiere la tasación del equipo.
- Leasing inmobiliario: Arrendamiento financiero afecto a actividades empresariales o destinados a uso profesional: naves industriales, almacenes, locales comerciales, oficinas, hoteles, centros médicos,…a cuyo término el arrendatario dispone de una opción de compra para adquirir el inmueble por un valor residual previamente pactado.
Documentación Requerida
- NIF
- Balances y Cuentas de Resultados de los últimos ejercicios
- Últimas liquidaciones de IVA, IRPF y seguridad social
- Auditoria del último ejercicio en el caso de que la sociedad sea auditada.
- Escritura de constitución y poderes de los administradores de la sociedad
La formalización del contrato de leasing se instrumenta en un contrato mercantil intervenido por un notario.
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